LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA OBLIGATORIA SE RETRASA A 2027: CLAVES DE LA PRÓRROGA APROBADA POR HACIENDA

¿Qué implica la prórroga?

Con la ampliación del plazo, los nuevos requisitos técnicos de facturación electrónica no serán obligatorios en 2026, sino conforme al siguiente calendario actualizado:

  • 📅 1 de enero de 2027:
    Obligación de utilizar sistemas de facturación adaptados a la normativa para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

  • 📅 1 de julio de 2027:
    Obligación aplicable al resto de profesionales y autónomos.

Esta prórroga no elimina la obligación, sino que otorga más margen para adaptar los sistemas informáticos, especialmente a los pequeños negocios y a los proveedores de software de facturación.


⚙️ ¿Qué seguirá siendo obligatorio?

Aunque se retrasa su exigibilidad, la normativa mantiene intactos los principios clave del nuevo modelo de facturación, entre ellos:

  • Uso de software de facturación certificado o compatible con Veri*factu.

  • Garantía de integridad, trazabilidad, conservación e inalterabilidad de los registros de facturación.

  • Eliminación del uso de software de doble uso, capaz de ocultar o modificar facturas.

  • Posibilidad de remisión automática de las facturas a la Agencia Tributaria, reforzando el control fiscal.

Por tanto, la prórroga no debe interpretarse como una paralización, sino como una fase adicional de transición.


📊 Motivos del aplazamiento

Desde el propio Gobierno se ha reconocido que la complejidad técnica del nuevo sistema y la necesidad de homologar soluciones informáticas ha hecho aconsejable retrasar un año su entrada en vigor, evitando así riesgos de incumplimiento masivo o colapsos operativos en empresas y despachos profesionales.

Este margen adicional permitirá:

  • Adaptar los sistemas contables y de facturación.

  • Formar al personal administrativo.

  • Verificar el cumplimiento normativo antes de la fecha límite.


🚀 Recomendaciones desde Menfisgrup

Desde Menfisgrup recomendamos no esperar a 2027 para iniciar la adaptación, ya que:

✔️ La implantación técnica puede requerir cambios profundos en los procesos internos.
✔️ Anticiparse reduce riesgos fiscales y sancionadores.
✔️ Permite elegir soluciones de facturación con calma y criterio profesional.

Contar con asesoramiento jurídico y fiscal especializado es clave para cumplir la normativa sin afectar a la operativa diaria del negocio.


📌 Conclusión

La facturación electrónica obligatoria en España se retrasa un año, pero su implantación es ya un hecho inminente. 2026 debe entenderse como el año de preparación definitiva, mientras que 2027 marcará el inicio de la exigencia legal efectiva para la mayoría de empresas y autónomos.

En Menfisgrup acompañamos a empresas y profesionales en este proceso de adaptación normativa, garantizando cumplimiento legal, seguridad y eficiencia.

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Madrid, 2026.
La implantación obligatoria del nuevo sistema de facturación electrónica y de los sistemas informáticos de facturación (Veri*factu) finalmente no será exigible en 2026, tal y como estaba previsto inicialmente. El Ministerio de Hacienda ha aprobado una prórroga de un año, trasladando la entrada en vigor de esta obligación a 2027, con el objetivo de facilitar la adaptación técnica de empresas, pymes y autónomos.

Esta medida afecta al calendario de aplicación del Real Decreto 1007/2023 y a la normativa de desarrollo vinculada a la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que introduce importantes cambios en la forma en que se emiten, conservan y controlan las facturas en España.

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