
GESTIÓN DE CARTERAS Y FONDOS DE INVERSIÓN
MenfisGrup administra carteras de valores y fondos de inversión con asesoramiento personalizado y optimización fiscal. Solicite su estudio sin compromiso.

Si usted ha suscrito un préstamo hipotecario, debe saber que las entidades bancarias han venido repercutiendo al cliente la totalidad de los gastos asociados a su constitución. Entre estos gastos se encuentran: los de Notaría, Gestoría, Registro de la Propiedad y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (modelo 600 – AJD).
Sin embargo, el Tribunal Supremo, en su sentencia nº 705/2015 de 23 de diciembre, declaró nula la cláusula que atribuía al prestatario todos estos gastos en la escritura del préstamo hipotecario. Desde entonces, numerosos juzgados están condenando a las entidades bancarias a indemnizar a los consumidores por los importes abonados en concepto de otorgamiento de la escritura del préstamo.
Cabe destacar que es el banco quien tiene mayor interés en la elevación del préstamo a escritura pública y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad, ya que esto le permite obtener un título ejecutivo contra el prestatario. Por ello, es legalmente responsable de asumir los costes derivados de dichos servicios.
Por todo lo anterior, resulta conveniente buscar asesoramiento jurídico especializado, con el fin de ejercer su derecho a reclamar y recuperar los gastos derivados de la constitución, subrogación, novación o modificación de su hipoteca.

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Para un trabajador por cuenta ajena, una baja por enfermedad supone un contratiempo. Para un autónomo, puede suponer un problema grave: si no trabaja, en la mayoría de los casos no factura, pero los gastos —cuota de autónomos, alquiler, suministros, préstamos, nóminas— siguen llegando puntualmente cada mes. Por eso, desde MenfisGrup Asesoría recomendamos a todos nuestros clientes autónomos valorar seriamente la contratación de un seguro de enfermedad que complemente la protección, a menudo insuficiente, que ofrece el sistema público.

En el día a día de cualquier negocio, por pequeño que sea, existe un riesgo que muchos empresarios y autónomos subestiman: causar un daño a un tercero. Un cliente que resbala en el local, un producto defectuoso, un error profesional en un servicio prestado o un desperfecto ocasionado en las instalaciones de un cliente pueden derivar en reclamaciones económicas capaces de comprometer la viabilidad de la empresa. Frente a este escenario, el seguro de Responsabilidad Civil (RC) se ha convertido en una herramienta esencial de protección patrimonial.
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